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Bandos, Edictos y Reglamentos
EDICTO
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE) 2012
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 8 de octubre de 2012, se aprobó el padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas para el ejercicio 2012, una vez que ha sido formada la matrícula por la Agencia Tributaria.
Se fija el período voluntario de recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas que se pone al cobro desde el 22 de octubre al 24 de diciembre de 2012, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Caja Cantabria, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, el cual devengará un recargo del 10 por ciento, así como los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.
Durante el primer mes del periodo de cobro se expone al público a los efectos de reclamaciones, finalizando el plazo de las mismas el último día del pago voluntario.
EDICTO
TASA DE RECOGIDA DE BASURAS, 5º BIMESTRE (SEP-OCT) 2012
Por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 4 de diciembre de 2012, se aprobó el padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Quinto bimestre de 2012 (meses de septiembre y octubre de 2012)
Se fija el período voluntario de recaudación de las citadas tasas que se ponen al cobro desde el 20 de diciembre de 2012 a 21 de enero de 2013 ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Caja Cantabria, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario. Quienes no tuviesen el recibo domiciliado y no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal sita en la planta baja de la Casa Consistorial, en la Plaza de la Constitución nº 4 de Rubayo para recoger un duplicado del recibo y hacerlo efectivo en la entidad financiera. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, el cual devengará un recargo del 10 por ciento, así como los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.
EDICTO
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) 2010
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 31 de mayo de 2012, se aprobaron las listas cobratorias de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y Bienes de Características Especiales para el ejercicio de 2.012, una vez formadas las matrículas de los mismos por la Gerencia Regional del Catastro.
Se fija el período voluntario de recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se pone al cobro desde el 20 de junio al 20 de agosto del presente ejercicio 2.012, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier sucursal de Caja Cantabria, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial para recogerla. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, el cual devengará los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria 58/2003, así como los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.
Durante el primer mes del periodo de cobro se expone al público a los efectos de reclamaciones, finalizando el plazo de las mismas el último día del pago voluntario.
Se advierte a los propietarios de fincas que hayan sido afectadas por la concentración de parcelaria, que comprueben las domiciliaciones bancarias de los nuevos objetos tributarios.
EDICTO
IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM) 2009
Por Decreto del Concejal Delegado de Hacienda de fecha 24 de febrero de
2009, se aprobó el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica para el ejercicio 2009.
Se fija el período voluntario de recaudación del Impuesto sobre
Vehículos de Tracción Mecánica que se pone al cobro desde el 5 de marzo
hasta el 5 de mayo del presente ejercicio 2009, ambos inclusive, en las
dependencias de cualquier oficina de Caja Cantabria, presentando en
ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio
tributario. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en
la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa
Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las
deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con
los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003.
Durante el primer mes del periodo de cobro se expone al público a los
efectos de reclamaciones, finalizando el plazo de las mismas el último
día del pago voluntario.
EDICTO
RENUNCIA DE CONTRATO
Anuncio del Ayuntamiento de Marina de Cudeyo por el que se hace pública
la renuncia a la celebración del contrato derivado del expediente 76/09
relativo al servicio de conservación y mantenimiento de zonas verdes,
parques, jardines y arbolado de uso público del Ayuntamiento de Marina
de Cudeyo.
Con fecha 3 de junio de 2010 atendiendo a razones de
interés público debidamente justificadas en el expediente cuya
convocatoria fue publicada en el DOUE el 24 de agosto de 2009, BOE nº
211, de fecha 1 de septiembre de 2009, y BOC nº 172 de fecha 7 de
septiembre de 2009, el Sr. Alcalde mediante Resolución nº 366, de fecha 3
de junio de 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 139
de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público:
"Suspender el procedimiento y renunciar a
la celebración del contrato de prestación de servicios relacionado con
la conservación y mantenimiento de las zonas verdes, municipales,
parques, jardines y arbolado de uso público del Municipio, desbroces y
limpieza de caminos de Marina de Cudeyo, no pudiéndose volver a licitar
durante los próximos tres años a la vista de lo relatado en la parte
expositiva de esta Resolución."
Contra el acuerdo de
renuncia descrito, podrá interponerse el recurso especial en materia de
contratación que se prevé en el artículo 37 de la Ley de Contratos del
Sector Público, en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el
siguiente a la notificación o publicación.
AVISO
RECOGIDA DE ANIMALES MUERTOS
La Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria, a partir del 1 de abril del presente año 2007, pone en funcionamiento una nueva línea telefónica para la recepción de avisos de recogida de animales muertos de todas las especies (rumiantes, cerdos, aves, conejos y piscifactorías). El teléfono es el siguiente: 902 22 33 48
REGLAMENTO
RECOGIDA DE BASURAS
Reglamento regulador del servicio de recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos en el término municipal de Marina de Cudeyo.
Reglamento basuras.pdf (164 KB)
REGLAMENTO
ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES
Reglamento de funcionamiento de Escuelas Deportivas del Ayuntamiento de Marina de Cudeyo.
Reglamento Escuelas Deportivas.pdf (141 KB)
REGLAMENTO
AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL
Estatutos y reglamento de la Agrupación municipal de voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Marina de Cudeyo.
Reglamento Prot Civil.pdf (174 KB)
REGLAMENTO
CAMPO DE GOLF MUNICIPAL "LA JUNQUERA"
Reglamento interno de uso de las instalaciones del campo municipal de golf "La Junquera", en Pedreña.
REGLAMENTO
CONCESIÓN DE TÍTULOS, HONORES Y DISTINCIONES
Reglamento para la concesión de títulos, honores y distinciones oficiales del Ayuntamiento de Marina de Cudeyo.
Reglamento honores.pdf (156 KB)
REGLAMENTO
ÓRGANOS MUNICIPALES
Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento de Marina de Cudeyo.
Reglamento organico municipal.pdf (227 KB)
REGLAMENTO
VENTA AMBULANTE
Reglamento municipal para el ejercicio de venta ambulante fuera de establecimiento comercial permanente.
Reglamento venta ambulante.pdf (153 KB)
REGLAMENTO
AGUAS
Reglamento municipal de aguas.
REGLAMENTO
PAREJAS DE HECHO
Reglamento que regula las parejas de hecho.
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